Se suspenderá la medición de horas puntas y el recargo de energía adicional de invierno

La misma medida se tomó el año pasado durante agosto y septiembre, y esta vez se aplicará para los meses de abril, mayo, agosto y septiembre. En junio y julio sí se medirán las horas puntas.

El biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet, sostuvo que la iniciativa evitará que en los hogares “el aumento del consumo generado en la pandemia sufra un recargo que impacte la cuenta eléctrica por ‘límite de invierno’”.

En el mismo sentido, se destacó que la suspensión de horas punta “a nivel de las Pymes, comercio e industrias, permite compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las cuarentenas, toques de queda y resguardos sanitarios. Esta  medida además permitirá cuidar el presupuesto de las familias, fomentar la actividad económica y proteger el empleo“.

Cabe destacar que el horario “punta” está definido por los periodos de tiempo en que el sistema eléctrico registra su mayor nivel de consumo, es decir, entre las 18:00 y 22:00 horas de abril a septiembre, con el fin de ser un control de demanda en dichos horarios mediante una señal de precio que pretende que los clientes racionalicen el consumo eléctrico.

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